1 de noviembre de 2018
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), estableció el periodo de veda pesquera del periodo 2018/2019, que inicia el 5 de noviembre hasta el 14 de diciembre de este año, para las aguas compartidas con Argentina. Y desde el 5 de noviembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019, para las aguas compartidas […]
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), estableció el periodo de veda pesquera del periodo 2018/2019, que inicia el 5 de noviembre hasta el 14 de diciembre de este año, para las aguas compartidas con Argentina. Y desde el 5 de noviembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019, para las aguas compartidas con Brasil.
La Resolución rige para todo el territorio nacional, en las modalidades de pesca deportiva y comercial; en lo respecta a la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros.
Fuertes Multas
El MADES anuncia la aplicación de multas por infracción a la Ley N° 3556/2008 “De pesca y acuicultura” que se encuentran en el Decreto N° 2598/14:
- Multas por Infracciones Levísimas: 1 a 500 jornales mínimos
- Multas por Infracciones Leves: 501 a 3000 jornales mínimos
- Multas por Infracciones Graves: 3001 a 10.000 jornales mínimos
Es decir, entre más de 200 y 800 millones de guaraníes por infracciones al incumplimiento de las normativas vigentes.
Se recuerda que está prohibida toda actividad de pesca, utilización de artes de pesca, transporte y la comercialización de productos pesqueros en los ríos, arroyos y lagunas dentro del territorio nacional durante el periodo establecido de veda.
Los productos debidamente declarados en tiempo y forma podrán ser comercializados en el plazo perentorio de siete días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar stock de los productos almacenados.